Gobierno grava con 35% vidrio flotado incoloro de países sin TLC vigentes

julio 3, 2026

Escrito por: Admin L360

La medida aplica a proveedores sin acuerdos comerciales. El Ejecutivo busca corregir la brecha competitiva ante el aumento de compras a países asiáticos.

Las importaciones de vidrio flotado incoloro provenientes de países sin acuerdos comerciales vigentes registraron un crecimiento del 289,02% entre 2022 y 2025, una cifra que ha impulsado al Gobierno Nacional a expedir el Decreto 0636 de 2026. Esta normativa impone un arancel del 35% por los próximos cinco años a este insumo, con el objetivo de contener la presión sobre el mercado nacional ante el incremento acelerado de compras externas desde destinos específicos.

La dinámica comercial tras la medida

Según el informe técnico del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior que sustenta la decisión, el volumen total de importaciones de este producto aumentó un 134,17% en el periodo mencionado, al escalar de 26,33 millones a 61,67 millones de kilogramos. La mayor parte de este flujo proviene de tres países que carecen de Tratados de Libre Comercio (TLC) con Colombia:

  • China: concentra el 57,74% de las compras externas a países sin TLC.
  • Indonesia: aporta el 23,65% del volumen.
  • Malasia: representa el 17,8%.

Este fenómeno ha provocado un desplazamiento de los proveedores tradicionales. Mientras las compras a estos tres países asiáticos crecieron exponencialmente, las importaciones realizadas a socios comerciales como Estados Unidos, México y Brasil cayeron cerca de un 36,5%.

Descenso de precios y presión competitiva

La cartera de Comercio explicó que el ingreso masivo de estos productos ha estado acompañado de una reducción del 51,82% en los precios CIF en los últimos cuatro años. Esto ha configurado un diferencial de precios que favorece a los países sin acuerdos comerciales, cuya brecha respecto a los países con TLC pasó del 14,24% al 55,86%. Para el Ejecutivo, esta situación ejerce una «presión creciente sobre las condiciones de competencia» del sector nacional.

Alcance de la protección industrial

El arancel del 35% cobija a dos subpartidas arancelarias que incluyen vidrio flotado, desbastado o pulido por una o dos caras, vidrio en placas y hojas, además de vidrios con capa absorbente, reflectante o antirreflectante. El Gobierno argumentó que la medida es indispensable para salvaguardar la capacidad productiva del país, toda vez que el vidrio flotado incoloro es un insumo estratégico para la construcción, manufacturas, transformación industrial, industria automotriz y el procesamiento de vidrios de seguridad, enmarcando esta acción dentro de su política de reindustrialización.

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