Proyecto de micromovilidad busca avanzar hacia ciudades más sostenibles

mayo 16, 2026

Escrito por: Admin L360

Regulación construida bajo el Plan Nacional de Seguridad Vial 2022-2032 regulará las unidades eléctricas livianas de movilidad personal urbana.

El ecosistema de electromovilidad urbana en Colombia se prepara para una transformación normativa integral. El Ministerio de Transporte publicó para comentarios un nuevo proyecto de resolución con el cual busca regular la circulación de vehículos de micromovilidad y eléctricos livianos de movilidad personal urbana, un paso regulatorio que abarca formalmente desde monociclos y patinetas eléctricas hasta scooters y bicicletas eléctricas. La iniciativa sectorial tiene como ejes principales el establecimiento de límites de velocidad máximos de 25 y 40 kilómetros por hora, así como la implementación de un nuevo sistema de identificación de estas unidades a través del Runt.

Reglas de uso y equipamiento técnico obligatorio

La diversidad de alternativas de movilidad eléctrica personal que hoy transita por las calles del país quedará sujeta a una serie de exigencias técnicas estandarizadas. De acuerdo con lo explicado por la cartera de Transporte, la nueva norma define las reglas de uso específicas para estos aparatos y establece requisitos mínimos de seguridad activa que los propietarios deberán cumplir de forma obligatoria:

  • Integración de un sistema de frenos delantero y trasero.
  • Instalación de luces y elementos reflectivos.
  • Incorporación de señal acústica y limitadores de velocidad.
  • Sistemas de protección contra manipulaciones.

Sumado a los componentes de fábrica de los dispositivos livianos, el articulado incorpora medidas de seguridad pasiva e identificación para los conductores de este bloque tecnológico. El proyecto determina como obligatorio el uso de casco certificado y chaleco reflectivo en las noches.

Identificación en el Runt y topes de velocidad

En el plano registral, y con el fin de individualizar estas unidades, la iniciativa postula la creación de un sistema de identificación especial para Vehículos de Movilidad Personal (VMP) a través del Runt, el cual operará mediante una lámina visible que incluya información técnica y un código único de identificación.

Los límites de velocidad estipulados en el proyecto de resolución también se han diferenciado según la tipología del entorno por donde se desplacen estas tecnologías:

  • Máximo de 25 kilómetros por hora: Para unidades que transiten por espacios recreativos y deportivos.
  • Máximo de 40 kilómetros por hora: Exclusivamente para bicicletas eléctricas autorizadas para transitar por fuera del perímetro urbano.

Construcción normativa y ciudades sostenibles

Finter al despliegue de estos vehículos livianos en las ciudades, la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, aseguró que con este articulado el país logra un avance concreto en la ordenación de la micromovilidad y la movilidad eléctrica personal, apuntando al fortalecimiento de las normas que rigen la movilidad urbana. “Colombia necesitaba reglas claras frente a una realidad que ya está en las calles. Por eso, hoy ponemos a consideración de la ciudadanía esta regulación que busca proteger la vida, ordenar la movilidad y avanzar hacia ciudades más sostenibles y seguras”, ratificó la funcionaria.

Finalmente, Rojas recalcó que la nueva reglamentación se determinó con base en los aportes de ciudadanos, usuarios, autoridades locales y demás actores del sector, además de que fue construida de conformidad con el Plan Nacional de Seguridad Vial 2022-2032, quedando ahora abierta formalmente al periodo de recepción de comentarios.

Si te gustó...¡Compártelo!